En los últimos años, la movilidad urbana ha experimentado una transformación significativa. El uso de patinetes eléctricos, monociclos y otros vehículos de movilidad personal ha crecido como alternativa sostenible y ágil al transporte tradicional. Sin embargo, este cambio también ha planteado desafíos en materia de seguridad vial y protección de terceros.
Para responder a esta nueva realidad, la Ley 5/2025 introduce el seguro obligatorio de responsabilidad civil para una nueva categoría: los Vehículos Personales Ligeros (VPL). A continuación, te explicamos qué vehículos están afectados, qué exige la ley y qué papel juegan los profesionales del sector asegurador.
Tabla de Contenidos
¿Qué regula la Ley 5/2025?
La Ley 5/2025, publicada el 24 de julio, adapta el marco español a la Directiva (UE) 2021/2118. Su finalidad es asegurar que las víctimas de accidentes de tráfico reciban indemnización, independientemente de la solvencia del responsable. Una de las novedades más relevantes es la incorporación del seguro obligatorio para los Vehículos Personales Ligeros (VPL), una categoría legal que no existía hasta ahora.
Definición de Vehículos Personales Ligeros (VPL)
Los VPL son vehículos de una sola plaza, propulsados exclusivamente por motor eléctrico, que cumplen ciertos límites de peso y velocidad. La clasificación incluye:
- Patinetes eléctricos
- Monociclos eléctricos
- Segways
En general, deben tener una velocidad máxima entre 6 y 25 km/h (si pesan menos de 25 kg) o hasta 14 km/h (si superan ese peso). Las bicicletas con pedaleo asistido que no excedan los 25 km/h y 250W pueden quedar exentas.
Requisitos legales para circular con un VPL
Desde la entrada en vigor de la ley, será obligatorio:
- Contar con un seguro de responsabilidad civil en vigor.
- Registrar el vehículo en la DGT y obtener un certificado de circulación.
- Exhibir una etiqueta identificativa o matrícula vinculada al número de registro.
Este sistema permitirá vincular cada seguro a su vehículo correspondiente, evitando fraudes, mejorando la trazabilidad y facilitando la gestión de siniestros e infracciones.
Otros vehículos afectados: industriales y agrícolas
Además de los VPL, la Ley 5/2025 amplía la obligatoriedad del seguro a ciertos vehículos de uso profesional: tractores, maquinaria agrícola, carretillas elevadoras, etc. Siempre que estos vehículos dispongan de certificado de circulación y se desplacen fuera de terrenos privados, deberán contar con un seguro obligatorio.
¿Qué cubre el seguro obligatorio de responsabilidad civil?
La póliza deberá cubrir, como mínimo:
- Daños personales a terceros (lesiones, fallecimiento).
- Daños materiales (vehículos, mobiliario urbano, inmuebles).
- Gastos legales derivados del accidente.
Los importes mínimos obligatorios son de 6,45 millones de euros para daños personales y 1,3 millones de euros para daños materiales. Además, muchas aseguradoras ofrecerán coberturas opcionales como robo, defensa jurídica o asistencia.
Implicaciones para el sector asegurador
Este nuevo marco regulador genera una oportunidad para el canal de distribución de seguros. Los mediadores deberán estar preparados para informar, asesorar y ofrecer soluciones específicas tanto a usuarios individuales como a flotas de empresas. La creación de nuevos productos aseguradores adaptados a VPL será clave para captar este nuevo nicho de mercado.
Conclusión
La Ley 5/2025 marca un antes y un después en la regulación de la movilidad urbana. La exigencia de asegurar los VPL refuerza la cultura de responsabilidad y abre nuevas líneas de trabajo para el sector asegurador. Comprender la normativa y anticiparse a las necesidades de los nuevos asegurados será determinante para crecer profesionalmente en este entorno en evolución.







