Aprende lo más importante sobre la formación bonificada a través de FUNDAE:
¿Qué son las bonificaciones en concepto de formación?
Tu empresa dispone de un crédito para la formación de sus trabajadores mediante la aplicación de bonificaciones en sus cotizaciones a la Seguridad Social. La formación financiada a través de estas ayudas abarca la formación programada por las empresas, cuyo objetivo es responder a necesidades formativas específicas, así como los permisos individuales de formación.
¿Existe un crédito mínimo al cual tiene derecho la empresa?
Todas las empresas que cotizan por Formación Profesional, independientemente de su tamaño y fecha de creación, disponen de un crédito para formación mínimo de 420 euros.
¿Qué empresas pueden acceder a las ayudas para formación y bonificarse?
Todas las empresas que tengan centros de trabajo en territorio estatal, cualquiera que sea su tamaño y ubicación, que coticen por Formación Profesional a la Seguridad Social y desarrollen formación para sus trabajadores.
¿Qué trabajadores son destinatarios de la formación programada por las empresas?
Todos los trabajadores asalariados que prestan servicios en empresas privadas – o entidades públicas no incluidas en los acuerdos de formación de las Administraciones públicas – y cotizan a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional, así como los trabajadores que se encuentran en las siguientes situaciones:
- Fijos discontinuos en sus períodos de no ocupación
- Que se pasen a situación de desempleo durante la formación, siempre y cuando realicen al menos un 75% del curso.
- Afectados por medidas temporales de suspensión de contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en sus períodos de suspensión de empleo
¿Las empresas exentas de pagar la cuota empresarial – por ejemplo, por ser todos sus trabajadores discapacitados – pueden participar en el sistema de bonificaciones?
El hecho de que los centros gocen de dicha exención en el pago de las cuotas empresariales a la Seguridad Social, no significa que estén excluidos de las bonificaciones para la formación de sus trabajadores; por el contrario, pueden resultar beneficiarias de las mismas y disponer de su crédito correspondiente.
¿Existe algún coste para los trabajadores que participan en cursos bonificados?
No, la formación es gratuita para el trabajador y la empresa debe garantizar que sea así.
¿Puede un trabajador con baja por enfermedad participar en un curso?
Sí, siempre que la formación sea compatible con la enfermedad y, en todo caso, con autorización médica.
¿Pueden participar los trabajadores que se encuentran disfrutando de un permiso de maternidad o paternidad?
Sí. En el caso de que se trate de un permiso de maternidad, deben disponer de autorización médica para ello.
¿Pueden participar un trabajador en situación de excedencia?
Si se trata de una excedencia por cuidado de hijos o familiares, o por ocupar un cargo público, la empresa podrá bonificarse por la formación que realice durante el primer año.
Si se trata de una excedencia voluntaria, la empresa no podrá bonificarse por la formación que el trabajador realice.
¿Pueden participar en la formación trabajadores que se encuentran disfrutando de su período vacacional?
Dado que siguen dados de alta en el mismo régimen, la empresa puede bonificarse por la formación que realicen los trabajadores durante sus vacaciones.